Preguntas frecuentes

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Con esto nos referimos a firmar un contrato con una inmobiliaria para encargarles la venta.

Si firmas un contrato de exclusividad, estas autorizando a qué solo una agencia inmobiliaria pueda vender tu casa. No podrás encargarle la venta a otras inmobiliarias hasta que no haya finalizado el periodo de tiempo estipulado en el contrato.

Por eso piénsalo muy bien antes de firmar este tipo de contrato para que no haya mal entendidos después.

También aunque firmes este contrato, puedes vender tu mismo tu casa, a lo único que te comprometes es a dejárselo a una única inmobiliaria y por supuesto respetar a sus clientes.
Sin exclusividad. Con este contrato no deberías tener ningún problema, simplemente autorizas a la inmobiliaria la venta de tu casa y podrás dejárselo a todas las agencias que quieras.

Aunque haya inmobiliarias que sus honorarios se los cobren al comprador, por regla general quien los paga es el vendedor. ¿Por qué? Porque has encargado a la inmobiliaria la venta y ellos se han encargado de publicitar, de enseñarla, de preparar la documentación para la venta, etc.

La inmobiliaria a invertido recursos para poder vender la vivienda, entonces quien paga sus honorarios es el vendedor.

También debes tener en cuenta que una inmobiliaria cobra sus honorarios una vez finalizada la venta y con esto decimos una vez firmada la compra-venta en notaría.

Como hemos dicho más arriba, cada inmobiliaria tiene sus reglas y cada una puede establecer cobrar honorarios o a vendedor o a comprador, pero lo más normal es que los pague el vendedor.

Aquí vamos a ser muy claros y nosotros apostamos por la sinceridad y sobre todo por la verdad. ¿Y porque decimos esto? Porque de nada sirve decirle a un vendedor un precio desorbitado cuando sabemos que no se va a vender… eso sí el vendedor se va a ir contento… Pues no, la situación que está atravesando el sector es difícil, por lo tanto, no hay más remedio que decirle la verdad a los vendedores y que ahora mismo una vivienda no se va a vender como estos años atrás… Que tampoco es cuestión de regalar la vivienda, pero hay que ser honestos y decirle el precio adecuado.

Desde nuestra experiencia en estos años, que está siendo difícil la venta de viviendas, hay que reducir los precios y tener en mente que todo comprador va a pedir una rebaja, aunque no nos guste. Mejor partir de un precio adecuado y vender en el menor tiempo posible, que no poner un precio elevado, que pase mucho tiempo y la vivienda se queme en el mercado.

Esta pregunta nos la hacemos todos cuando nos hablan de los metros cuadrados de una casa, así que vamos a ver la diferencias que tienen.

Metros cuadrados útiles: es la medición, una vez terminada la vivienda, es decir, lo que tenemos dentro de ella, lo que medimos en cualquier habitáculo de la casa.

Metros cuadrados construidos: engloba toda la construcción de la vivienda. Tabiquería, aislamientos… Todo lo que es computable en la construcción, es decir, todo lo que tengamos cubierto es construido. Todo lo que tengamos sin cubrir pero terminado, como terrazas descubiertas, porches descubiertos, son mejoras a la vivienda pero no se le considera metro construido.

Por ejemplo, si quieres averiguar los metros útiles de una vivienda, siempre hay que restarle alrededor de un 15% a los metros construidos. Es decir, si un apartamento tiene 100m² construidos, tendrá 85m² útiles.

Una vez nos vino una persona muy preocupada porque había comprado una vivienda con otra agencia inmobiliaria y le surgían muchas preguntas, entre ellas esta, si podía volver a ver la vivienda que iba a comprar unos minutos antes de firmar en la notaría porque dicha inmobiliaria no hacía nada más que ponerle trabas.

La respuesta es sí, el comprador tiene derecho a ver la vivienda cuantas veces desee y por supuesto, puede volver a verla unos minutos antes de firmar. A muchos compradores les da cierto temor el hecho de firmar sin ver antes la casa, por si se han llevado los muebles o lo que hayan acordado con el vendedor.

Según la ley, los gastos asociados a una compra-venta exceptuando el impuesto de transmisiones patrimoniales (que le corresponde al comprador) y plusvalía (que le corresponde al vendedor), los gastos de notaría son al 50%.

Pero no siempre es así, cada operación es distinta y se puede llegar a un acuerdo entre las partes.

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